Que dice el Articulo 7 de la Ley Agraria

ley agraria Artículo 7.  El Ejecutivo Federal promoverá y realizará acciones que protejan la vida en comunidad, propicien su libre desarrollo y mejoren sus posibilidades de atender y satisfacer las demandas de sus integrantes.




Descripcion


Fuente :  Tribunal Agrario : ley agraria

Artículo 7.  El Ejecutivo Federal promoverá y realizará acciones que protejan la vida en comunidad, propicien su libre desarrollo y mejoren sus posibilidades de atender y satisfacer las demandas de sus integrantes.