Que es un posesionario agrario
Que es un posesionario agrario
Nuestra firma Legal (Abogado Agrario ) cuenta con un área de Abogados Especializados en Materia Agraria, quienes tenemos el firme compromiso de defender los derechos de las personas que representamos, para que su patrimonio no se vea menoscabado.
La intervención en procedimientos legales en materia Agraria, conlleva una responsabilidad de estudio y conocimiento de las circunstancias que las originaron, por ello la comunicación es fundamental con nuestros representados, toda vez que de la información que nos proporcionen se puede realizar un planteamiento de datos en las acciones o excepciones legales al momento de intervenir en un procedimiento.
La importancia de la materia agraria en la actualidad radica en que más del cincuenta por ciento del territorio mexicano está conformado por ejidos, sin dejar de lado que dichas tierras comprenden gran parte de la producción de productos del sector primario, tales como ganadería, granos y hortalizas, aunado a lo anterior, el aprovechamiento forestal de maderas y resinas proviene en gran parte de la tenencia de tierras de esta naturaleza. En un contexto similar se encuentran las zonas turísticas que por la belleza de sus paisajes reciben a visitantes nacionales y extranjeros, y no menos importante resultan las zonas industriales que por necesidades de espacio recurren a ejidos para el aprovechamiento de espacios.
En ese tenor la Defensa de los derechos sobre la tenencia de la tierra, juega un papel de suma trascendencia para múltiples sectores económicos., ya sea para imponerse controversia que se susciten sobre la tenencia de la tierra y sus limites, así como la emisión de títulos, intervención en Juicios, Apelaciones y Amparos.
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Descripcion
Que es un posesionario agrario
No es tarea sencilla
atribuir significado a una palabra utilizada en el campo del derecho agrario,
por las diversas interpretaciones que pudieran derivar del propio origen de
dicho vocablo, pero para fines del presente trabajo debemos entender que los
posesionarios son aquellas personas que sin ser ejidatarios o avecindados de un
poblado poseen terrenos ejidales y que por esa sola condición son sujetos de
derechos agrarios y tienen la expectativa de adquirir el carácter de
ejidatarios.
Posesionario es el
individuo que detenta de manera directa tierras pertenecientes al régimen
agrario con los mismos actos materiales de uso y goce como si fuera titular,
con el ánimo de obtener la calidad de ejidatario o comunero, según sea el caso.
Se puede hablar de
posesionarios regulares e irregulares; los primeros, son individuos reconocidos
por la asamblea a quien se le ha conferido los derechos de uso y disfrute sobre
las parcelas de que se trate; mientras los segundos, se trata de personas que
ostentan un inmueble correspondiente al régimen agrario de manera material y
fÃsica, en virtud de un parcelamiento económico o de hecho.
Derivado de lo
anterior, se establece que los posesionarios regulares son titulares de
derechos agrarios, igual que los ejidatarios, pues ambos son sujetos
individuales que pueden asistir y participar en las asambleas, toda vez que
legalmente les corresponde el derecho de uso y disfrute sobre sus parcelas.